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Calculadora de vacaciones acumuladas

¿Cuántos días de vacaciones he acumulado y cuántos me quedan por disfrutar? Indica tu fecha de inicio del periodo, tu jornada de trabajo y los días ya disfrutados: la herramienta calcula el resultado al instante, según el mínimo legal español de 30 días naturales al año (Estatuto de los Trabajadores).

Mis vacaciones acumuladas

Por defecto, el 1 de enero más reciente. Modificable según tu empresa.

Modificable para simular otra fecha.

%

100 para jornada completa, 80 para una jornada del 80 %, etc.

Días naturales ya disfrutados o solicitados.


Días restantes disponibles
17,50
día(s) natural(es)
Meses completos
7
Días acumulados hasta hoy
17,50
Proyección fin de periodo (12 meses)
30
Nota: este resultado es una estimación orientativa basada en el mínimo legal general (2,5 días naturales acumulados por mes de trabajo efectivo a jornada completa, es decir, 30 días naturales para un año completo — Estatuto de los Trabajadores, art. 38). Tu convenio colectivo, un acuerdo de empresa o periodos asimilados a trabajo efectivo pueden modificar este cálculo. Solo tu nómina o tu departamento de RRHH tienen la última palabra.

Otras herramientas útiles

¿Cómo se calculan las vacaciones acumuladas?

En España, el Estatuto de los Trabajadores (artículo 38) fija un mínimo legal de 30 días naturales de vacaciones al año para una jornada completa, lo que equivale a 2,5 días naturales por mes de trabajo efectivo. Esta calculadora aplica esa regla general: cuenta el número de meses completos transcurridos desde tu fecha de inicio de periodo, multiplica ese número por 2,5 días, y ajusta el resultado según tu jornada (una jornada parcial al 80 %, por ejemplo, genera 2,5 × 0,8 = 2 días por mes).

Importante: se trata de días naturales, no de días laborables — los 30 días incluyen los fines de semana. Muchos convenios colectivos mejoran este mínimo legal (más días, cómputo en días laborables, antigüedad, etc.): consulta siempre tu convenio colectivo o tu departamento de RRHH para conocer las condiciones exactas aplicables a tu contrato.

Para otros trámites relacionados con fechas y plazos, puedes consultar también nuestro cálculo de duración entre dos fechas o nuestro cálculo de preaviso de vivienda.

Esta herramienta ofrece una estimación orientativa, basada en el mínimo legal general de vacaciones (Estatuto de los Trabajadores). Tu convenio colectivo, un acuerdo de empresa, o periodos asimilados a trabajo efectivo (maternidad/paternidad, accidente de trabajo...) pueden modificar este cálculo. En caso de duda, tu nómina o tu departamento de RRHH tienen la última palabra.

Preguntas frecuentes

¿Esta regla se aplica a todos los trabajadores?

El mínimo legal de 30 días naturales de vacaciones al año (o la parte proporcional según el tiempo trabajado) para una jornada completa es la regla básica del Estatuto de los Trabajadores (artículo 38). Se aplica en principio a todos los trabajadores, a tiempo completo o parcial (con prorrateo según la jornada). Muchos convenios colectivos sectoriales o de empresa mejoran este mínimo (días adicionales, antigüedad, etc.): consulta siempre tu convenio.

¿Qué ocurre en caso de baja médica o maternidad/paternidad?

El permiso por nacimiento y cuidado de menor (y, en general, las situaciones asimiladas como incapacidad temporal derivada de embarazo) no reduce el derecho a vacaciones: esos periodos generan derecho igualmente. Una incapacidad temporal (baja médica) ordinaria puede tener un tratamiento distinto según el convenio colectivo aplicable: esta calculadora no contempla estos casos particulares y asume un mes completo de trabajo efectivo.

¿Los 30 días son laborables o naturales?

Son 30 días naturales (incluyen fines de semana), no 30 días laborables. Esta es una diferencia clave frente a otros países donde la referencia legal se expresa en días laborables: en España el Estatuto de los Trabajadores fija el mínimo en días naturales, salvo que el convenio colectivo aplicable establezca expresamente un cómputo en días laborables (en cuyo caso suele mejorar el mínimo legal).

¿Qué periodo de referencia debo usar?

Por defecto, el año natural (1 de enero al 31 de diciembre) es la referencia habitual en España, salvo que tu empresa o convenio colectivo fije un periodo distinto (por ejemplo, año de ingreso a ingreso). Verifica el periodo aplicado en tu empresa (nómina, convenio colectivo, departamento de RRHH) y ajusta la fecha de inicio en consecuencia: la herramienta no decide por ti.

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